HISTORIA Y CREACIÓN DE LA ACADEMIA
Tras bastantes reuniones tiene lugar la definitiva en el Colegio Oficial de Veterinarios de Murcia, donde se encuentran los Académicos que a la postre serían los Fundadores, esa reunión quedó reflejada en el Acta Fundacional:
Siendo las 16:30 horas del día 29 de septiembre de 2008, se reúnen los abajo firmantes, en la sede del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de la Región de Murcia, sito en Avda. de la Constitución, 13, 30008 Murcia, constituyentes del grupo fundacional de la futura Academia de Ciencias Veterinarias de la Región de Murcia, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 2/2005 de 11 de marzo (BOE nº 118, jueves 18 de mayo de 2006) al objeto de formalizar y constituir la Comisión Gestora, según señala el artículo 5.2 de la citada ley.
La citada Comisión Gestora quedó constituida por:
PRESIDENTE: D. Cándido Gutiérrez Panizo.
VICEPRESIDENTE: D. Fulgencio Fernández Buendía.
SECRETARIO GENERAL: D. Francisco Alonso de Vega.
TESORERO: D. Juan Antonio Carrizosa Durán.
BIBLIOTECARIO: D. Fernando Crespo León.
VOCAL 1º: D. Juan Bautista Lobera Lössel.
VOCAL 2ª: Dña. Ana María Montes Cepeda.
Esta fue la parte formal, en realidad, nos reuníamos desde hacía varios años, pues de alguna forma participamos en comisiones y/u organización de eventos del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Murcia, unos pertenecientes o con cargos en el Colegio, profesores de la Universidad, compañeros investigadores del IMIDA, y compañeros de la Consejería de Sanidad.
Creación de la Academia:
En el BORM Número 54 del sábado, 6 de marzo de 2010 en su página 11628 se puede leer:
En su virtud, vista la solicitud formulada por la Comisión Gestora para la creación de la Academia, con los informes favorables de distintas instituciones y entidades, a propuesta del Consejero de Universidades, Empresa e Investigación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de febrero de 2010.
DISPONGO
Artículo único.
Se crea la Academia de Veterinaria de la Región de Murcia y se aprueban sus Estatutos, y se procede a su inscripción en el Registro de Academias, conforme se establece en el artículo 29 de la Ley 2/2005, de 11 de marzo, de Academias de la Región de Murcia.